lunes, 2 de septiembre de 2013

Convocadas las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2013-2014

El pasado 19 de agosto se publicó en el BOE la resolución por la que se convocan las ayudas del curso 2013-2014 para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (neae).

Estas becas incluyen a todos aquellos alumnos, con necesidades educativas especiales, que requieran determinados apoyos derivados de discapacidad o trastorno grave de conducta.

En ella también se incluyen ayudas para alumnado con neae asociado a TDAH (Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad) y a altas capacidades intelectuales, que requieran atenciones educativas específicas.

Los requisitos necesarios para solicitarlas se especifican en la resolución. Así como el formulario de solicitud está accesible en la dirección www.educacion.es o en la sede electrónica del MEC en el apartado de trámites y servicios.

Una vez cubierto y firmado hay que entregarlo en la Secretaría del Cole o bien, enviarlo a través de la sede electrónica del MEC, pero para ello es necesario contar con certificado electrónico.
Plazo de Presentación de solicitudes, hasta el día 30 de Septiembre. 
Documento de la Convocatoria Oficial: BOE de 19 de Agosto de 2013

 PREGUNTAS GENERALES

1.-¿Qué tipo de ayudas recoge esta convocatoria y qué incluyen ?

  • Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:
    • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
    • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
    • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
    • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
    • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
    • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
    • Libros y material didáctico:
      • Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
      • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
    • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
  • Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH ( sólo para familias numerosas)
    • Transporte: hasta 308,00 (si es transporte urbano) o 617,00 euros (si es transporte interurbano).
    • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
  • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
    • Una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa

2.-¿Quién puede solicitar este tipo de ayudas y bajo qué requisitos?

Podrán solicitar Ayudas Directas:
Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones:
  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad antes del 31 de diciembre de 2012. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
    • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  • Cumplir los requisitos económicos siguientes:
  • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2012, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
  • Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
 Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
  • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
  • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
  • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
  • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria.
  • A la renta obtenida por la unidad familiar se le aplicarán las siguientes deducciones:
    • El 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales (p. ejm., hermanos, abuelos, etc.)
    • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
    • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
    • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
    • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
  • Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2012.
Podrán solicitar Subsidios:
Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones (no hay requisitos económicos):
  • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad antes del 31 de diciembre de 2012. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
Podrán solicitar Ayudas complementarias:
Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades que cumplan las siguientes condiciones
  • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
  • Haber cumplido los seis años de edad antes del 31 de diciembre de 2013.
  • Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales
  • Cumplir los requisitos económicos siguientes:
  • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2012, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
  • Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
  • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
  • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
  • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
  • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria. A la renta obtenida por la unidad familiar se le practicarán las siguientes deducciones:
  • 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales
  • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
  • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
  • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
  • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2012.

3.-¿Cuáles son los requisitos generales para optar a estas ayudas ?

Requisitos generales para solicitar Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:
  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad antes del 31 de diciembre de 2012. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
Requisitos generales para solicitar Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:
  • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad antes del 31 de diciembre de 2012. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
Requisitos generales para solicitar Ayudas Complementarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades:
  • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
  • Haber cumplido los seis años de edad antes del 31 de diciembre de 2013
  • Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
  • Enseñanzas artísticas profesionales

4.-¿Cuáles son los requisitos económicos para optar a estas ayudas ?

Requisitos económicos para solicitar Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluyendo el afectado por TDAH, o Ayudas Complementarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades:
  • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2012, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
    Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €
 Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:
  • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
  • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
  • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
  • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.
La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria. A la renta obtenida por la unidad familiar se le practicarán las siguientes deducciones:
  • 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales
  • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
  • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
  • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
  • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2012.

5.-¿Para qué niveles de estudios se puede solicitar este tipo de ayudas?

Tanto las Ayudas Directas como los Subsidios para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluyendo el afectado por TDAH, se pueden solicitar para los siguientes estudios:
  • Educación Infantil
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Distintas modalidades de Bachillerato
  • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
  • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
  • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
  • Programas de formación para la transición a la vida adulta
Las Ayudas Complementarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades se pueden solicitar para los siguientes estudios:
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
  • Enseñanzas artísticas profesionales

6.-¿Si solicito ayuda directa puedo solicitar también subsidio?

No, sólo se puede solicitar la ayuda para una de las tres modalidades

7.-¿Cuándo comienza el plazo de presentación y cuándo termina?

Comienza el 20 de agosto y finaliza el 30 de septiembre de 2013

8.-¿Qué documentos tengo que aportar para presentar mi solicitud?

Para acreditar los requisitos generales: alguno de los tres siguientes documentos:
  • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
  • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
  • Certificado de minusvalía/discapacidad.
Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
  • Certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, minusvalía/discapacidad calificada, etc.),
  • Documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de minusvalía/discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

9.-¿Dónde tengo que presentar mi solicitud?

  • Solicitantes con certificado electrónico: a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Solicitantes sin certificado electrónico: imprimirán el modelo de solicitud que se obtiene a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2013/2014
En ambos casos, será necesario que el solicitante esté registrado (es decir, dado de alta) en la Sede Electrónica.

10.-¿Quién debe registrarse en la Sede Electrónica del Ministerio?

El alumno que tiene necesidad específica de apoyo educativo será siempre el solicitante de la beca o ayuda, y por tanto deberá estar registrado (es decir, dado de alta) en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que no tenga NIF y sea menor de 14 años, se dará de alta en Sede Electrónica el padre, madre o tutor, aunque el alumno seguirá figurando como solicitante. 

0 comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por visitarnos en la red, recuerda que estamos los días lectivos en la sede de la Asociación. Responderemos a tu comentario a la mayor brevedad